PROYECTOS PRESENTADOS PARA LA SESIÓN DEL JUEVES 8/09

PROYECTOS DE ORDENANZA
- Creación del Programa “Plazas Cuidadas”

PROYECTOS DE DECLARACIÓN
-  25º Aniversario del Programa radial “El Justicialista”, conducido por el Sr. Julio Aníbal Héctor Pez, emitido por la F.M 92.7




 
Concejal Agustín Payes
Proyecto de Ordenanza 

ORDENANZA Nº .-

VISTO:

La necesidad de garantizar el esparcimiento y seguridad en las plazas y espacios verdes de la ciudad, así como realizar mejoras y mantenimiento en estos espacios.

CONSIDERANDO:

Que, vecinos de distintos barrios de la ciudad expresan de forma cotidiana la necesidad de mejoras respecto al estado de las plazas y espacios verdes ubicados en los diferentes sectores.

Que, si bien se han observado intervenciones en diferentes espacios públicos de la ciudad, existe una política de gestión, mantenimiento y mejoras dirigida de forma prioritaria hacia los espacios de mayor concurrencia de público, las gestiones no se realizan en la misma proporción ni calidad de intervención en los barrios de la ciudad.

Que, es una situación que se repite en varios sectores de la ciudad el hecho de que las plazas y espacios verdes situados fuera del área céntrica o de los paseos mayormente concurridos, se encuentran en evidentes condiciones de abandono, sin mantenimiento y, en muchos de los casos, desprovistos de forestación, juegos para niños o en mal estado, falta de iluminación etc., cuestión que se transforma en una problemática para el barrio.

Que, en este sentido es necesario poner en discusión los conceptos con los cuales se pretende definir el espacio público en la ciudad, ya que el mejoramiento de las plazas y lugares de encuentro cumplen un rol fundamental en el desarrollo, la promoción y construcción de lazos e interacción de los vecinos en los barrios. Por esto, la promoción del uso de los espacios públicos y el fomento de las plazas se encuentra en consonancia con la gestión y producción de espacios para la ciudad.

Que, en las plazas ubicadas en los barrios de la ciudad existe un estado de abandono evidente que se repite en la mayoría de los casos, observándose la presencia de malezas, descuido de la vegetación en general, juegos para niños en mal estado y rotos, falta de riego, iluminación y forestación y falta de mantenimiento en general, provocando, en algunos casos un peligro para la salud de los niños y vecinos en general que concurren.

Que, debido al mal estado de las Plazas en los barrios, estos espacios se convierten en focos de conflicto o puntos de vulnerabilidad respecto a la presencia del delito, y que a partir de esto se definen como zonas complejas e identificadas como lugares inseguros por la ciudadanía.

Que, cuestiones como la falta de iluminación provoca directamente problemas de seguridad para los vecinos que circulan en distintos horarios del día, pero fundamentalmente en horarios nocturnos.

Que, las plazas ubicadas en los sectores fuera del centro de la ciudad cumplen un rol fundamental en la construcción de la identidad y la cultura barrial, contribuyendo al establecimiento de lazos entre los vecinos, promoviendo el intercambio y la sociabilización.

Que, es necesario además incorporar en estas intervenciones, el concepto de plazas inclusivas a fin de garantizar la igualdad de accesibilidad de todos los niños, más allá de sus capacidades y que para esto, es fundamental cambiar la perspectiva en el diseño de estos espacios para fomentar su uso e integración de las personas y promover la concurrencia a la plaza de las familias.

Que, para esto, es necesario establecer prioridades respecto de los sectores mayormente vulnerables, que resultan puntos conflictivos, en términos de presencia de inseguridad o por otros motivos, garantizando el principio de igualdad a todos los sectores de la sociedad, permitiendo a los barrios disfrutar de las mismas condiciones que quienes habitan en la zona céntrica.

Que, el mayor grado de la problemática podría solucionarse aplicando cuestiones que refieren al mantenimiento, señalización, iluminación, colocación de juegos para la integración de los niños, fomentando la calidad y cantidad de espacios públicos como lugar de encuentro.

Que, esta iniciativa tiene el objetivo de fomentar la construcción de verdaderos espacios públicos donde el criterio responda a la recuperación de la plaza del barrio, haciendo de los espacios abandonados o en malas condiciones, sin identidad por parte de la comunidad o mal utilizadas, lugares de encuentro y seguros.

Que, es necesario para esto, que desde el Estado Municipal se impulse una política activa y gestión hacia los espacios públicos, para dotar a los barrios de lugares dignos para el uso de los niños y de la comunidad toda.

Que, es facultad de este Honorable Cuerpo legislar en la materia.

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ART. 1º: CRÉASE el Programa “Plazas Cuidadas”, cuya finalidad es la recuperación de los espacios públicos en los barrios a través del mejoramiento, mantenimiento y puesta en valor las plazas ubicadas en los barrios de la Ciudad.

ART. 2º: El objetivo de este Programa es la recuperación de los espacios públicos ubicados en los barrios, otorgando prioridad a las áreas del macro centro y periferia que resulten puntos de conflicto, delito o vulnerabilidad social de cualquier tipo.

ART. 3º: El DEM deberá coordinar y realizar un relevamiento de las Plazas y espacios públicos en situación de abandono o mal estado, a partir del cual, deberá establecerse un criterio de prioridad para comenzar a implementar el Programa de recuperación de estos espacios en las zonas que resulten de mayor vulnerabilidad.

ART. 4º: El DEM deberá proceder a las siguientes intervenciones a fin de recuperar los espacios públicos en los barrios:
a) Colocación de iluminación antivandálica o la que corresponda.
b) Colocación de cestos de residuos.
c) Forestación, poda de arbolado y remoción de ejemplares secos.
d) Mantenimiento de los juegos, provisión y colocación de juegos para niños y niñas especiales.
e) Colocación de cartelería identificadora del Barrio y nombre del espacio / plaza.
f) Implantación de material vegetal (césped, plantas y arbolado).

ART. 5º: El DEM a través de la dependencia dirigida a implementar la Ordenanza deberá establecer un sistema de prioridades respecto a los espacios públicos que necesitan intervención de forma urgente y que se encuentran en peores condiciones.

ART. 6º: Autorícese al DEM a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza.

ART. 7º: DE FORMA. 

----------------------

Proyecto de Declaración

DECLARACIÓN Nº .-

VISTO:
El 25º Aniversario del programa radial “EL JUSTICIALISTA” el día Jueves 15 de Septiembre de 2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, “El Justicialista” es un programa radial, conducido por el Sr. Julio Aníbal Héctor Pez, con el eslogan “El Justicialista, la verdadera voz de la militancia”.

Que, dicho programa se emite hace 25 años, actualmente por la emisora F.M 92.7 (radio Efecto), de lunes a viernes en el horario de 14 a 15 hs. Dicho programa año a año fue creciendo en audiencia e interés para la comunidad, acompañando diariamente al correntino a través de tan importante medio de comunicación como es la radio.

Que, el programa está basado principalmente en la temática de la Doctrina Justicialista, recordando las palabras del General Juan Domingo Perón y Eva Duarte de Perón, asimismo tocando temas de la actualidad, seguimiento de las sesión del Concejo Deliberante Capitalino como así también de la Legislatura Provincial. En el Programa se realizan entrevistas tanto a legisladores provinciales como municipales.

Que, es muy importante destacar los logros obtenidos por este espacio radial, atento que en el año 2011 adquirió la declaración de interés por la Legislatura Provincial.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo obra en consecuencia.

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECLARA

ART. 1º: DE INTERES del Honorable Concejo Deliberante el 25º Aniversario del Programa radial “El Justicialista”, conducido por el Sr. Julio Aníbal Héctor Pez, emitido por la F.M 92.7 (radio efecto) que se cumplirá el día 15 de Septiembre del corriente año..

ART. 2º: DE FORMA.

No hay comentarios: