PROYECTOS PRESENTADOS PARA LA SESIÓN DEL JUEVES 24/11/16

PROYECTOS DE ORDENANZA
- Programa de Prevención y Detección de consumo de estupefacientes que afecten la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.

PROYECTOS DE COMUNICACIÓN
- Enripiado de la calle 2 de abril, B° Independencia.
- Mantenimiento de la calle N° 6, B° Laguna Soto
- Alumbrado público en el B° Pueblito BsAs




Proyecto de Ordenanza 


ORDENANZA Nº .- 



VISTO:

La carta Orgánica Municipal art. 14 inc. 12 “Promover políticas de prevención, control, promoción y protección de la salud, priorizando el abordaje preventivo, comunitario y la atención primaria de la salud, complementando acciones y políticas sanitarias con los distintos niveles de gobierno…”, art. 29 inc. 50 “ Dictar las Normas respectivas para evitar el consumo de sustancias, cualquiera sea su índole, que por su condición, composición, elaboración, o calidad puedan ser nocivas para la salud”, y;


CONSIDERANDO:

Que, la principal preocupación relacionada con el conducir bajo la influencia de cualquier droga que actúa sobre el cerebro puede deteriorar la destreza motora, la capacidad de reaccionar a tiempo y el juicio. El conducir drogado se considera una preocupación pública por que no solo pone en riesgo al conductor sino también a sus pasajeros y las otras personas que se desplazan en la vía publica.

Que, se pueden definir a los estupefacientes como toda sustancia que tranquiliza o deteriora la sensibilidad, o produce alucinaciones, y cuyo consumo, no controlado médicamente, generalmente crea hábito.

Que, los efectos de cada droga son diferentes dependiendo en como ellas actúan en el cerebro. Por ejemplo, la mariguana puede atrasar el tiempo de reacción, deteriorar las facultades para juzgar el tiempo, la distancia y disminuir la coordinación
motora. Los conductores que han usado la cocaína o la metanfetamina pueden ser agresivos e imprudentes cuando conducen. Ciertos tipos de sedantes, pueden causar mareos y sueño. Todas estas deficiencias pueden llevar a colisiones de vehículos.

Que, la prevención no es un arma mágica que erradica completamente el abuso de drogas, pero su realización es fundamental para disminuirla. Consiste en conseguir que la mayoría de las personas adopte una calidad de vida y un estilo de conducta contraria a aquel generado por las adicciones.

Que, se debe promover una sociedad moderna, libre de adicciones, y para ello debe apuntar a la educación, la ocupación y la sanidad.

Que, por ello resulta necesario la creación de un programa de detección de droga en saliva a conductores, apuntando a la realización de un trabajo conjunto preventivo para conductores que puedan estar bajo efectos de sustancias psicoactivas, con la finalidad de crear conciencia en los mismos a cerca de los riesgos del consumo y daños a terceros.

Que, actualmente existe un aparato de medición capaz de detectar en escasos minutos si alguien ha consumido alguna de las drogas más comunes, en poco tiempo este dispositivo es capaz de emitir un informe sobre el consumo de drogas como anfetaminas, cannabis, metanfetaminas, cocaína, feniticina, morfina y éxtasis, siempre que éstas hayan sido consumidos con más de 20 minutos y hasta las 24 horas anteriores al momento del control.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo, obra en consecuencia.


POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:


Artículo 1º.- CREAR el Programa de Prevención y Detección de consumo de estupefacientes que afecten la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.

Artículo 2º.- La autoridad de aplicación será el la Secretaria de Transito y Transporte Urbano y se encargará de elaborar un Protocolo de actuación en Prevención y Detección de consumo de estupefacientes que afecten la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.

Artículo 3º.- El Programa tendrá como objetivo principal:
a) Educar y concientizar acerca de los riesgos al conducir habiendo consumido estupefacientes.
b) Complementar los controles de alcoholemia, con los controles correspondientes de detección de estupefacientes.
c) Fortalecer acciones de prevención y rechazo a las drogas.

Artículo 4º.- El Programa estará destinado a todos los conductores legalmente autorizados que transiten por las Calles y Avenidas de la Ciudad.

Artículo 5º.- Estos controles se realizarán de manera voluntaria al efectuarse los operativos para control de alcoholemia en conductores. Los dispositivos usados para la detección de droga se entregarán al conductor del vehículo luego de ser utilizados.

Artículo 6º.- En caso de arrojar un resultado positivo, se invitará al conductor a asistir a Charlas de Prevención y Concientización sobre el consumo de Drogas.

Artículo 7º.- Semestralmente se remitirán a este Honorable Cuerpo las conclusiones acerca de los resultados obtenidos para su evaluación.

Artículo 8º.- La presente Ordenanza será reglamentada por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 9º: DE FORMA.
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PROYECTO DE COMUNICACIÓN

COMUNICACIÓN N º .


VISTO:

La solicitud de los Vecinos del Barrio Independencia, y;


CONSIDERANDO:


Que, surge la necesidad de que realicen tareas de enripiado de la calle 2 de Abril entre la calle Iberá y Av. Leloir del Barrio Independencia de nuestra Ciudad.

Que, las condiciones de la calle en innumerables oportunidades generan graves inconvenientes a las personas que tienen que transitar por ese tramo de la calle, tanto para vehículos como para los transeúntes. Además, crean condiciones de inseguridad en una zona muy complicada de la Ciudad.

Que, en los días de lluvia, la calle queda tan deteriorada y anegada que impide a los vecinos de la zona de salir de sus casas para dirigirse a sus trabajos y escuelas.

Que, es imprescindible, la realización de las tareas solicitadas, para garantizar una adecuada calidad de vida de los vecinos.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo obra en consecuencia,





POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
COMUNICA


ART. 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del área que corresponda, tenga a bien realizar tareas de enripiado de la calle 2 de Abril entre la calle Iberá y Av. Leloir del Barrio Independencia de nuestra Ciudad.

ART. 2º.- De forma.- 

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COMUNICACIÓN N º .


VISTO:
La solicitud de los Vecinos del Barrio Laguna Soto, y;


CONSIDERANDO:


Que, surge la necesidad de que realicen tareas de mantenimiento de la calle pública Nº 6, conocida también como Teteu del Barrio Laguna Soto.

Que, las condiciones de la calle en innumerables oportunidades generan graves inconvenientes a las personas que tienen que transitar por la calle, tanto para vehículos como para los transeúntes. En esta calle se encuentra el desagote de agua que viene desde la laguna, tapando e inundando la misma.

Que, en los días de lluvia, la calle queda tan deteriorada y anegada que impide a los vecinos de la zona de salir de sus casas para dirigirse a sus trabajos y escuelas. Mencionando también los efectos negativos como la proliferación de mosquitos y demás insectos, además de ranas y lagartijas.

Que, es imprescindible, la realización de las tareas solicitadas, para garantizar una adecuada calidad de vida de los vecinos.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo obra en consecuencia,





POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
COMUNICA


ART. 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del área que corresponda, tenga a bien realizar tareas de mantenimiento de la calle pública Nº 6, conocida también como Teteu del Barrio Laguna Soto de nuestra Ciudad.

ART. 2º.- De forma.-
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PROYECTO DE COMUNICACIÓN

COMUNICACIÓN N º .


VISTO:

La solicitud de los Vecinos del Barrio Pueblito de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:


Que, surge la necesidad de que realicen tareas de mantenimiento de Alumbrado Público en el Barrio Pueblito de Buenos Aires, sobre la calle Samuel Morse y Pizzurno; calle Pizzurno entre las calles Morse y Paunero; Pizzurno esquina Paunero ; y Av. Centenario desde calle Dorrego hasta calle Pizzurno.

Que, es una zona muy transitada ya que la Calle Samuel Morse conecta a la Av. Centenario con la Av. Armenia, atravesando varios barrios.

Que, resulta imperioso el mantenimiento de las luminarias del barrio para contribuir con la seguridad de los vecinos y transeúntes, ya que en esa se producen innumerables hechos delictivos.

Que, es imprescindible, la realización de las tareas solicitadas, para garantizar una adecuada calidad de vida de los vecinos.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo obra en consecuencia,





POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
COMUNICA


ART. 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del área que corresponda, tenga a bien realizar tareas de mantenimiento de Alumbrado Público en el Barrio Pueblito de Buenos Aires, sobre la calle Samuel Morse y Pizzurno; calle Pizzurno entre las calles Morse y Paunero; Pizzurno esquina Paunero ; y Av. Centenario desde calle Dorrego hasta calle Pizzurno.

ART. 2º.- De forma.- 

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