PROYECTOS PRESENTADOS PARA LA SESIÓN DEL JUEVES 7/05/15


PROYECTO DE ORDENANZA

- Inscripción al sistema de “Consultas de Deudas” disponible en el sitio Web del Municipio, con el fin de que el mismo notifique al ciudadano,a través de su correo electrónnico, al instante en que se registra un acta de infracción, o bien un vencimiento. 


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PROYECTO DE ORDENAZA
ORDENANZA N º                   .

VISTO:
La necesidad de notificar los vencimientos y las deudas por Tasas, Impuestos y Contribuciones municipales o las actas de infracciones en el instante en que son registradas por el Municipio, y;

CONSIDERANDO:

Que, resulta importante instrumentar un sistema rápido y eficaz, acorde a los tiempos que corren, para que los ciudadanos de la Ciudad de Corrientes puedan anoticiarse tanto del vencimiento como de deudas que posean por Tasas, Impuestos y Contribuciones, como también de la existencia de  actas de infracción en el momento en que el Municipio registra la misma, a través del sistema “Consulta de Deuda” disponible en el sitio web de la Municipalidad.

Que, si bien en la actualidad el sistema de “Consulta de Deuda” permite al vecino realizar consultas e imprimir recibos correspondientes a las tasas de Inmuebles, Rodados, Cementerio e Infracciones Tránsito, el contribuyente no es notificado previamente vía e-mail de la existencia de deuda o de un acta de infracción realizada.

Que, respecto de las Multas de Tránsito por Vehículo el vecino debe introducir un dominio determinado para visualizar las infracciones que éste registra o, en el caso de Tasas o Impuestos, es necesario introducir un número de partida determinado.

Que, en el caso de las multas de tránsito, desde que se produce la infracción y se registra en el sistema hasta que el ciudadano es debidamente notificado en su domicilio generalmente transcurren varios días.

Que, por otra parte, varios son los vecinos que al momento de realizar un trámite, encuentran que tienen multas impagas. El sistema propuesto por el presente Proyecto de Ordenanza permitiría al vecino recibir un mail de alertas de multas y así poder realizar la descarga de la misma o bien acceder al beneficio del pago voluntario en tiempo y forma.

Que, en algunas ocasiones la falta de comunicación del vencimiento de una tasa, impuesto o contribución, como de la infracción de tránsito le imposibilita al ciudadano poder cumplir con sus obligaciones a tiempo. En consecuencia, al anoticiarse tardíamente de la infracción o del vencimiento y querer cancelarla, ésta se ve incrementada en sus costos debido a la mora en el pago.

Que, varias son las empresas de servicios públicos que ofrecen a los usuarios este sistema, el que también es utilizado por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), por lo que se considera conveniente instrumentar el sistema también en el Municipio de Corrientes.

Que,  por ejemplo, en el Concejo Deliberante de la ciudad de Rosario, se han presentado iniciativas tendientes a relacionar un e-mail personal a la patente del vehículo con el sistema de consultas de multas de tránsito para que el vecino pueda recibir avisos de las infracciones realizadas.

Que, en consecuencia la posibilidad de inscribir una casilla de correo electrónico en el sistema de “Consulta de Deudas” disponible en el sitio Web municipal vinculada a una partida o dominio automotor determinado, permitiría que el ciudadano se entere del registro de la infracción de forma instantánea y pueda cancelarla en tiempo y forma como así también pagar en término sus tasas municipales.

Que, en uso de sus facultades este Honorable Cuerpo, obra en consecuencia


POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
RESUELVE

ART. 1º.- Impleméntese a través del área competente, la posibilidad de que los ciudadanos de la Ciudad de Corrientes puedan, de forma optativa, inscribir su casilla de correo electrónico en el sistema de “Consultas de Deudas” disponible en el sitio Web del Municipio,  de forma que la misma se pueda vincular a un dominio automotor determinado o una partida, con el fin de que el sistema pueda notificar al ciudadano al instante en que se registra un acta de infracción,  o bien el vencimiento o existencia de una deuda por Tasas, Impuestos o  Contribuciones.

ART 2º.- - Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente.

ART 3.- Lo establecido en la presente Ordenanza será implementado en un plazo de sesenta (60) días a partir de su publicación.

ART 4º.-  DE FORMA.
 

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